Como nos confirma esta Logia, para que una Obediencia sea reconocida "regular", debe acreditar que cumple con los siguientes principios básicos:
1. Regularidad de origen. Toda Gran Logia deberá ser regularmente establecida por una Gran Logia reconocida o por tres o más Logias regulares.
2. La creencia en el Gran Arquitecto del Universo y en su voluntad revelada.
3. Todos los iniciados deberán jurar su Obligación sobre el Volumen de la Ley Sagrada, debidamente abierto, de conformidad con la conciencia particular de la persona que sea iniciada.
4. Solo pueden ser miembros de la Gran Logia, así como de las Logias en particular, exclusivamente varones y que la Gran Logia no tenga relaciones masónicas de ninguna clase, con cualquier tipo de Logias o cuerpos que admitan, como miembros, a personas de sexo femenino.
5. La Gran Logia debe tener jurisdicción soberana sobre las Logias bajo su obediencia; debe de ser responsable, independiente y con gobierno propio, con la sola e indiscutible autoridad sobre los tres grados de Aprendiz, Compañero y Maestro Masón en toda su jurisdicción y no debe, en ningún caso, compartir dicha autoridad con un Supremo Consejo o con cualquier otro poder que reclame algún control o supervisión sobre estos grados.
6. Las Tres Grandes Luces de la Masonería (el Volumen de la Ley Sagrada, la Escuadra y el Compás) deben siempre estar presentes cuando la Gran Logia o sus Logias subordinadas estén trabajando, siendo la principal de ellas el Volumen de la Ley Sagrada.
7. Las discusiones sobre religión o política en las Logias deben de ser estrictamente prohibidas.
8. Los Antiguos Principios, Usos y Costumbres, así como los Landmarks de la Orden deben ser estrictamente observados.
1. Regularidad de origen. Toda Gran Logia deberá ser regularmente establecida por una Gran Logia reconocida o por tres o más Logias regulares.
2. La creencia en el Gran Arquitecto del Universo y en su voluntad revelada.
3. Todos los iniciados deberán jurar su Obligación sobre el Volumen de la Ley Sagrada, debidamente abierto, de conformidad con la conciencia particular de la persona que sea iniciada.
4. Solo pueden ser miembros de la Gran Logia, así como de las Logias en particular, exclusivamente varones y que la Gran Logia no tenga relaciones masónicas de ninguna clase, con cualquier tipo de Logias o cuerpos que admitan, como miembros, a personas de sexo femenino.
5. La Gran Logia debe tener jurisdicción soberana sobre las Logias bajo su obediencia; debe de ser responsable, independiente y con gobierno propio, con la sola e indiscutible autoridad sobre los tres grados de Aprendiz, Compañero y Maestro Masón en toda su jurisdicción y no debe, en ningún caso, compartir dicha autoridad con un Supremo Consejo o con cualquier otro poder que reclame algún control o supervisión sobre estos grados.
6. Las Tres Grandes Luces de la Masonería (el Volumen de la Ley Sagrada, la Escuadra y el Compás) deben siempre estar presentes cuando la Gran Logia o sus Logias subordinadas estén trabajando, siendo la principal de ellas el Volumen de la Ley Sagrada.
7. Las discusiones sobre religión o política en las Logias deben de ser estrictamente prohibidas.
8. Los Antiguos Principios, Usos y Costumbres, así como los Landmarks de la Orden deben ser estrictamente observados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Escribe lo que quieras, pero no pierdas el tiempo ni me lo hagas perder a mí. Gracias.